Preguntas frecuentes sobre los servicios de Asesoría Jurídica

Dado que uno de nuestros intereses fundamentales es generar confianza en nuestros clientes, hemos desarrollado esta sección, cuya función es clarificarle a usted algunas dudas que con frecuencia presentan los clientes que solicitan servicios legales. Tales preguntas se encuentran agrupadas por categorias relacionadas con nuestro modo de trabajo o con los principales servicios ofertados por nuestro despacho.

Si usted tiene algún conflicto legal relacionado con alguna de nuestras áreas de acción (materia familiar, civil, penal, laboral, mercantil, o administrativa), le recomendamos hacer una llamada a cualquiera de nuestros teléfonos, para poder identificar el tipo de asunto que es de su interés resolver y hacer una cita en alguno de nuestros despachos en México, Distrito Federal o Estado de México.

Cuando usted nos llame se le preguntarán de forma breve algunos antecedentes sobre el conflicto legal por el que solicita nuestros servicios. Además le pediremos algunos datos para brindarle el servicio, y programarle una cita con alguno de nuestros especialistas en la materia, el cual le brindará asesoría jurídica para plantearle las alternativas y estrategias legales que tiene para ayudarle a resolver su problema.

Una vez finalizada la llamada, se le enviarán los datos con la formalización de su cita (fecha, hora y nombre del abogado asignado a su caso). El objetivo de la cita, es que usted pueda plantearle con mayor detalle al abogado los pormenores de su situación de conflicto, para que éste pueda determinar las acciones que llevará a cabo para poder solucionar su problema. Además el abogado le informará sobre qué es lo que procederá una vez finalizada dicha cita. También le indicará la documentación que él necesitará elaborar (en caso de ser necesaria), así como los honorarios establecidos para poder llevar a cabo cada una de las etapas o instancias del proceso legal.

Nota: Para poder ayudarle en determinadas problemáticas legales, le indicaremos (en caso de ser necesario) que lleve a sus citas, alguna copia de documentos relacionados directamente con el conflicto legal que usted presenta. Lo anterior para que el abogado asignado a su caso, pueda examinar su documentación (en caso de haberla) con detenimiento y así  plantearle las estrategias, métodos y procedimientos que utilizará, dados los antecedentes de su situación.

Puesto que cada conflicto legal tiene sus particularidades, al finalizar la cita de asesoría su abogado le indicará los procesos, sus etapas o instancias, la documentación que requiere de usted, la documentación que ha de elaborar, los honorarios establecidos, así como la duración estimada de los trámites  y ante qué autoridades se presentarán, con la finalidad de poder resolver satisfactoriamente su problemática.

Cada proceso tiene su duración y su dinámica, no obstante, el abogado le informará de manera oportuna y transparente las cosas que cliente y abogado deberán llevar a cabo una vez finalizada la cita de asesoría, con el fin de poder implementar la estrategia legal para resolver de forma eficaz el problema que le aqueja. Por ejemplo, en algunas ocasiones será necesario programar otras citas en el despacho, o realizar alguna comparecencia ante determinada instancia jurídica a la que usted deberá asistir como parte del proceso legal.

El juicio de amparo consiste en un tipo de juicio para la protección de los derechos y garantias que otorga la constitución, cuando son violentadas por reglamentos, sanciones, leyes, actos u omisiones realizadas por particulares o los poderes públicos.

Dicho juicio de amparo, puede interponerlo cualquier persona (física o moral) que se considere titular de un derecho o un interés legítimo, ya sea individual o colectivo, que considere violados sus derechos fundamentales reconocidos en la Constitución y los tratados internacionales, a través de una norma general, actos u omisiones de los órganos del Estado en su agravio (acto reclamado).

Para citar algunos ejemplos, el amparo se puede promover contra una orden de aprehensión, una clausura de establecimiento por una autoridad administrativa; una sentencia (civil, familiar, mercantil) después de obtener una resolución adversa en apelación; un laudo (resoluciones definitivas de los tribunales del trabajo) que no satisface lo pretendido por el patrón o el trabajador; una autorización de construcción de obra que afecte nuestros derechos;

Se inicia con la presentación de una demanda dirigida al órgano jurisdiccional competente, según sea el caso (Juez de Distrito o Tribunal Colegiado de Circuito), en la cual, quien alegue haber sido vulnerado en sus derechos fundamentales tendrá el carácter de quejoso, mientras el órgano del Estado que el quejoso señale violó sus derechos y garantías se denominará autoridad responsable, y aquellos que guarden relación con el procedimiento y pudieren verse afectados de manera directa con la resolución de amparo, serán los terceros interesados.

La demanda, en términos generales, deberá contener los datos de identificación de los sujetos que en el juicio intervienen (nombre y domicilio), la precisión del acto reclamado de la autoridad, los antecedentes y hechos que conforman el acto reclamado, los conceptos de violación (razonamientos lógico-jurídicos que a consideración del quejoso desvirtúan el acto reclamado), y de ser necesario, la petición de suspensión del acto reclamado.

Salvo la materia electoral, el juicio de amparo puede ser promovido en las diversas materias jurídicas, siendo las más comunes las siguientes:

Civil, Familiar y Mercantil: Normalmente se promueve tras ser vencido o no obtener resolución del todo favorable en primera y segunda instancia.

Penal: Procede contra detenciones hechas ilegalmente, órdenes de presentación o de aprehensión, sentencias definitivas, entre las situaciones más comunes.

Laboral: Laudos que ponen  fin al jucio laboral son los casos típicos, o resoluciones que afectan a terceros ajenos al juicio (secuestro provisional de bienes o embargos).

Fiscal: Inspecciones de las autoridades reacudadoras no realizadas conforme a lo determinado por la constitución y las leyes de la materia, aplicación de normas que pudieran ser inconstitucionales, sentencias de los tribunales fiscales en primera y segunda instancia.

Administrativo: Visitas de verificación que incumplen con los procedimientos legales y traen consigo multas  o suspensiones de actividades a través de sellos, remisiones a juzgados cívicos por infracciones administrativas, así como sentencias de tribunales administrativos en juicios tras agotar los recursos que lka ley exige.

Agrario: Todo acto de autoridad que ponga en riesgo ejidos, comunidades, núcleos de población ejidal y derechos de los avecindados.

Tratándose de amparo indirecto, este se promueve ante el Juez de Distrito competente por materia, y siendo amparo directo, ante la autoridad responsable (tribunal ante quien se sustancia el juicio).

Es definido como la disolución legal del matrimonio, dejando a los cónyuges en aptitud de un nuevo matrimonio.

En cuanto  a esta cuestión, resulta necesario mencionar que uno de los objetivos del divorcio es precisamente que los cónyuges se separen, incluso, poniéndolos en la disposición de casarse de nueva cuenta.

En este punto es necesario mencionar que existen dos tipos de matrimonio, el que es por bienes mancomunados, es decir en donde los cónyuges comparten la propiedad de los bienes que adquieren durante su matrimonio; y el matrimonio por bienes separados, donde cada uno de los cónyuges mantiene la propiedad de sus bienes.

Para dar contestación a esta pregunta en necesario hacer saber que los padres comparten el cuidado de los hijos por medio de dos figuras jurídicas, la patria potestad, que es el Derecho de representación de los menores, así como la obligación que tienen los padres de solventar las necesidades de sus hijos, y la Guardia y Custodia, que se refiere a la protección física de los menores, en otras palabras, la guardia y custodia en caso de un divorcio la decidirán enre ambos padres, correspondiéndole esta, al padre que tenga una facilidad mayor de atender sus necesidades cotidianas.

Esta pregunta se responde de acuerdo al tipo de matrimonio, ya sea por bienes mancomunados o separados.

Regularmente en un divorcio los cónyuges son exhortados por el juez a permitir que la vivienda quede en manos de aquel padre que tenga la guardia y custodia de los menores.

El caso del resto de los bienes se dividirá ya sea por un convenio en el caso del matrimonio por bienes mancomunados, o respetando la propiedad de dichos bienes en el caso del matrimonio por bienes separados.

Gracias a las reformas hechas a las leyes civiles del Distrito Federal y del Estado de México, el procedimiento de divorcio ha reducido el tiempo de trámite, por lo que incluso se le conoce como Divorcio Express, de manera que el procedimiento tiene una duración aproximada de un mes, en lo que se refiere al decreto del divorcio por parte del juez.

Lo conveniente es definir si se quiere continuar con la relación laboral o no, en función de eso se puede consultar a un abogado para saber en qué forma demandar y cuánto dinero puede obtenerse en caso de demandar, o bien, conocer cuál es el monto que podemos obtener en una liquidación.

Y en caso de llevar laborando para la misma empresa más de un año, tendrá derecho a doce días de salario por cada año laborado según menciona el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo.

Si un trabajador tiene un sueldo mensual de $ 10,000.00 (Diez mil pesos m.n.) al momento de ser despedido, la indemnización a la que tiene Derecho es de $ 30,000.00 (Treinta mil pesos m.n.), pues esta cantidad se obtiene de multiplicar tres meses de sueldo.

(Colocar números o imágenes que hagan interactiva esta explicación)

Si además ese trabajador lleva laborando en la misma empresa más de un año, le prima de antigüedad que consistirá en el importe de doce días de salario, por cada año de servicios.

Si su salario es de $ 10,000.00 (Diez mil pesos m.n.), esa cantidad la dividimos entre treinta días que tiene un mes y el resultado lo multiplicamos por doce días de trabajo, y a su vez por los años laborados.

Es necesario hacer señalar que para interponer una demanda en contra de la Empresa o Patrón que comete el despido injustificado, el Trabajador cuenta con 60 días naturales por lo que hace a una indemnización constitucional y un año para demandar el concepto de prestaciones.

Es necesario hacer señalar que para interponer una demanda en contra de la Empresa o Patrón que comete el despido injustificado, el Trabajador cuenta con 60 días naturales por lo que hace a una indemnización constitucional y un año para demandar el concepto de prestaciones.

El caso del “boletinar” a los trabajadores es prácticamente un mito, pues no existe tal boletín.

La autoridad competente para conocer de los asuntos laborales, son las Juntas de Conciliación y Arbitraje, tanto a nivel local en los Estados o las Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje, esto, dependiendo de la actividad laboral a la que se dedique.

Es importante hacerle saber que cuando se firma una renuncia, no sólo se renuncia a su empleo si no a todas las prestaciones y  Derechos  adquiridos mediante su relación de trabajo, tales como la indemnización constitucional, la prima de antigüedad y demás prestaciones.  Por ello no  se recomienda bajo ninguna circunstancia firmar alguna renuncia u hoja en blanco al momento de ser contratado o cuando se le ha despedido y se le ofrece su finiquito o liquidación sin antes buscar una asesoría legal adecuada.